Cómo obtener la custodia exclusiva en Nueva York

autor: Randall Malone

Los Tribunales de Nueva York generalmente otorgan la custodia exclusiva al Padre que ha sido el cuidador principal del niño durante los años anteriores a la acción de custodia. Sin embargo, ser el padre o tutor más responsable de la crianza del niño no siempre garantiza la custodia exclusiva. El tribunal también considera otros factores, como el tiempo que un niño ha vivido con uno de los padres, qué tan bien un padre o tutor está criando a un niño y si se ha producido negligencia, abuso o violencia doméstica., En los casos en que el niño puede expresar una preferencia, el tribunal a veces también tiene en cuenta el testimonio del niño, dependiendo de la edad del niño.

tipos de custodia en NY

en Nueva York, los dos aspectos principales de la custodia son la custodia legal y la custodia física. La custodia Legal se refiere al control sobre las principales decisiones de la vida, como la educación o cuestiones médicas, mientras que la custodia física se refiere al hogar en el que reside principalmente el niño.

¿quién obtiene la custodia exclusiva en Nueva York?,

en muchos casos, los tribunales de Nueva York otorgan la custodia legal y física exclusiva a uno de los padres y los derechos de visita al otro padre.

a veces (y con más frecuencia que en años anteriores), los tribunales otorgarán «custodia legal conjunta», lo que significa que ambos padres tendrán control sobre las decisiones principales de la vida. Sin embargo, si el divorcio no es amistoso y los padres tienen un historial de mala comunicación, el tribunal no podrá otorgar la custodia legal conjunta. Además, la custodia compartida está ganando terreno en muchas salas de Nueva York.,

también es importante tener en cuenta que, en los juicios de custodia exclusiva, no hay preferencia legal por el padre o la madre. Sin embargo, para los padres que buscan la custodia en el Tribunal de familia, la paternidad debe ser determinada por el tribunal o admitida en un formulario oficial de «reconocimiento de paternidad».

para un no Padre, como un abuelo que busca la custodia, el no padre debe probar que los padres naturales no son aptos para criar al niño o niños o han abandonado al niño o niños.

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