la canonización es una declaración papal que los fieles católicos pueden venerar a un determinado miembro fallecido de la Iglesia. Los papas comenzaron a hacer tales decretos en el siglo X. Hasta ese momento, los obispos locales gobernaban la veneración de hombres y mujeres Santos dentro de sus propias diócesis; y puede haber habido, para cualquier Santo en particular, ningún decreto formal en absoluto. En los siglos siguientes, los procedimientos se regularizaron cada vez más y los papas comenzaron a restringirse el derecho a declarar a alguien santo católico., En el uso contemporáneo, el término se entiende que se refiere al acto por el cual cualquier Iglesia Cristiana declara que una persona que ha muerto es un santo, por lo que la declaración de la persona se incluye en la lista de Santos reconocidos, llamado el «canon».
desarrollo Historicoeditar
El Canon de la Misa del Rito Romano contiene solo los nombres de los mártires, junto con el de la Santísima Virgen María y, desde 1962, el de San José, su esposo.,
en el siglo IV, sin embargo, los»confesores» —personas que habían confesado su fe no por la muerte, sino por la palabra y la vida—comenzaron a ser venerados públicamente. Ejemplos de tales personas son San Hilarión y San Efrén el sirio en el Este, y San Martín de Tours y San Hilario de Poitiers en el oeste. Sus nombres fueron insertados en los dípticos, las listas de Santos explícitamente venerados en la liturgia, y sus tumbas fueron honradas de la misma manera que las de los mártires., Como el testimonio de sus vidas no era tan inequívoco como el de los mártires, solo eran venerados públicamente con la aprobación del obispo local. Este proceso se conoce a menudo como»canonización local».
esta aprobación era necesaria incluso para la veneración de un mártir de renombre. En su historia de la herejía Donatista, San optato relata que en Cartago una matrona católica, llamada Lucila, incurrió en las censuras de la Iglesia por haber besado las Reliquias de un mártir reputado cuyas pretensiones de martirio no habían sido probadas jurídicamente., Y San Cipriano (fallecido en 258) recomendó que se observara la mayor diligencia en la investigación de las afirmaciones de aquellos que se decía que habían muerto por la fe. Se debían investigar todas las circunstancias que acompañaban al martirio; se debía examinar rigurosamente la fe de los que sufrían y los motivos que los animaban, a fin de evitar el reconocimiento de personas indignas. Se solicitaron pruebas de los registros judiciales de los juicios o de personas que habían estado presentes en los juicios.,
Agustín de Hipona (fallecido en 430) habla del procedimiento que se siguió en su día para el reconocimiento de un mártir. El obispo de la diócesis en la que tuvo lugar el martirio estableció un proceso canónico para llevar a cabo la investigación con la mayor severidad. Los actos del proceso fueron enviados al metropolitano o al primado, que examinaron cuidadosamente la causa y, después de consultar con los obispos sufragáneos, declararon si el difunto era digno del nombre de ‘mártir’ y de veneración pública.,
aunque no son «canonizaciones» en el sentido estricto, los actos de reconocimiento formal, como la erección de un altar sobre la tumba del santo o la transferencia de las reliquias del santo a una iglesia, fueron precedidos por investigaciones formales sobre la santidad de la vida de la persona y los milagros atribuidos a la intercesión de esa persona.
tales actos de reconocimiento de un santo eran autorizados, en el sentido estricto, solo para la diócesis o provincia eclesiástica para la que fueron emitidos, pero con la difusión de la fama de un santo, a menudo fueron aceptados en otros lugares también.,
NatureEdit
en la Iglesia católica, tanto en las iglesias latinas como en las orientales constituyentes, el acto de canonización está reservado a la Sede Apostólica y se produce al final de un largo proceso que requiere una amplia prueba de que el candidato a la canonización vivió y murió de una manera tan ejemplar y Santa que es digno de ser reconocido como Santo. El reconocimiento oficial de la santidad de la Iglesia implica que la persona está ahora en el cielo y que puede ser invocada públicamente y mencionada oficialmente en la liturgia de la Iglesia, incluso en la Letanía de los Santos.,
en la Iglesia Católica, la canonización es un decreto que permite la veneración universal del santo en la liturgia del Rito Romano. Para el permiso de venerar solo localmente, solo se necesita beatificación.,
procedimiento previo a la reserva a la sesión Apostólicaeditar
el Papa Pío II canoniza a Catalina de Siena
durante varios siglos los obispos, o en algunos lugares solo los Primados y patriarcas, podían conceder a los mártires y confesores el honor eclesiástico público; decretado solo para el territorio local del cual los otorgantes tenían jurisdicción. Solo la aceptación del cultus por el Papa hizo al cultus universal, porque solo él puede gobernar la Iglesia Católica universal., Los abusos, sin embargo, se infiltraron en esta disciplina, debido también a las indiscreciones del fervor popular como a la negligencia de algunos obispos en indagar sobre las vidas de aquellos a quienes permitieron ser honrados como Santos.
en el Occidente Medieval, se pidió a la Sede Apostólica que interviniera en la cuestión de las canonizaciones para asegurar decisiones más autorizadas. La canonización de San Udalric, Obispo de Augsburgo por el Papa Juan XV en 993 fue el primer ejemplo indudable de la canonización papal de un santo de fuera de Roma siendo declarado digno de veneración litúrgica para toda la Iglesia., Algunos historiadores sostienen además que la primera canonización papal fue de San Swiberto por el Papa León III en 804.
a partir de entonces, el recurso al juicio del papa se produjo con más frecuencia. Hacia finales del siglo XI, los Papas comenzaron a afirmar su derecho exclusivo de autorizar la veneración de un santo contra los antiguos derechos de los obispos para hacerlo por sus diócesis y regiones. Por lo tanto, los papas decretaron que las virtudes y los milagros de las personas propuestas para la veneración pública se examinaran en los concilios, más específicamente en los concilios generales., El papa Urbano II, El Papa Calixto II y el Papa Eugenio III se conformaron con esta disciplina.
reserva exclusiva a la sede Apostólicaeditar
Hugh de Boves, Arzobispo de Rouen, canonizó a Walter de Pontoise, o St.Gaultier, en 1153, el último Santo en Europa Occidental que fue canonizado por una autoridad distinta del Papa: «El último caso de canonización por un metropolitano se dice que ha sido el de St. Gaultier, o Gaucher, bbot de Pontoise, por el Arzobispo de Rouen., Un decreto del papa Alejandro III de 1170 dio la prerrogativa a la ope a partir de entonces, en lo que respecta a la Iglesia Occidental.»En un decreto de 1173, el Papa Alejandro III reprendió a algunos obispos por permitir la veneración de un hombre que simplemente fue asesinado mientras estaba intoxicado, prohibió la veneración del hombre, y lo más significativo decretó que «por lo tanto, no presumirás honrarlo en el futuro; porque, incluso si se hicieron milagros a través de él, no es lícito para ti venerarlo como un santo sin la Autoridad de la Iglesia Católica.,»Los teólogos no están de acuerdo en cuanto a la importancia completa del Decreto del papa Alejandro III: o se instituyó una nueva ley, en cuyo caso el Papa entonces por primera vez se reservó el derecho de beatificación, o se confirmó una ley existente.
sin embargo, el procedimiento iniciado por el decreto del papa Alejandro III fue confirmado por una bula del papa Inocencio III emitida con motivo de la canonización de Cunigunda de Luxemburgo en 1200. La bula del papa Inocencio III dio lugar a investigaciones cada vez más elaboradas a la Sede Apostólica en relación con las canonizaciones., Debido a que el decreto del papa Alejandro III no puso fin a toda controversia y algunos obispos no lo obedecieron en cuanto se refería a la beatificación, el derecho del que ciertamente habían poseído hasta entonces, el Papa Urbano VIII emitió la carta apostólica Caelestis Hierusalem cives del 5 de julio de 1634 que reservaba exclusivamente a la Sede Apostólica tanto su derecho inmemorial de canonización como el de beatificación. Reguló ambos actos mediante la emisión de su decreto servanda in beatificatione et canonizatione Sanctorum el 12 de marzo de 1642.,
procedimiento de 1734 a 1738 a 1983editar
en su de Servorum Dei beatificatione et de Beatorum canonizatione de cinco volúmenes el eminente canonista Prospero Lambertini (1675-1758), que más tarde se convirtió en el Papa Benedicto XIV, elaboró las normas procedimentales de la carta apostólica Caelestis Hierusalem cives del papa Urbano VIII de 1634 y la canonizatione sanctorum de 1642, y sobre la práctica convencional de la época. Su trabajo publicado de 1734 a 1738 gobernó las actas hasta 1917., El artículo «proceso de beatificación y canonización en 1914» describe los procedimientos seguidos hasta la promulgación del Códice de 1917. La sustancia de de Servorum Dei beatificatione et de Beatorum canonizatione fue incorporada en el Codex Iuris Canonici (código de Derecho Canónico) de 1917, que gobernó hasta la promulgación del Codex Iuris Canonici revisado en 1983 por el Papa Juan Pablo II. antes de la promulgación del Codex revisado en 1983, el Papa San Pablo VI inició una simplificación de los procedimientos.,
desde 1983editar
La Constitución Apostólica Divinus Perfectionis Magister del Papa Juan Pablo II del 25 de enero de 1983 y las normas emitidas por la Congregación para las causas de los Santos el 7 de febrero de 1983 para implementar la Constitución en las diócesis, continuaron la simplificación del proceso iniciado por el Papa Pablo VI. contrariamente a la creencia popular, las reformas no eliminaron la oficina del promotor de la fe (latín: Promotor Fidei), popularmente conocido como el abogado del Diablo, cuya cuestionen el material presentado a favor de la canonización., Las reformas tenían por objeto reducir el carácter contradictorio del proceso. En noviembre de 2012 el Papa Benedicto XVI nombró a Monseñor Carmello Pellegrino como promotor de la fe.
Los candidatos a la canonización se someten al siguiente proceso:
- siervo de Dios (Servus Dei): el proceso de canonización comienza a nivel diocesano., Un obispo con jurisdicción, generalmente el obispo del lugar donde el candidato murió o está enterrado, aunque a otro ordinario se le puede dar esta autoridad, da permiso para abrir una investigación sobre las virtudes del individuo en respuesta a una petición de miembros de los fieles, ya sea real o pro forma. Esta investigación generalmente comienza no antes de cinco años después de la muerte de la persona investigada. El Papa, como obispo de Roma, también puede abrir un proceso y tiene la Autoridad de renunciar al período de espera de cinco años, por ejemplo, como se hizo para St., Teresa de Calcuta por el Papa Juan Pablo II, y para Lúcia Santos y para el mismo Papa Juan Pablo II por el Papa Benedicto XVI. normalmente, se instituye una asociación para promover la causa del candidato, se realiza una búsqueda exhaustiva de los escritos, discursos y sermones del candidato, se escribe una biografía detallada y se recopilan relatos de testigos oculares., Cuando se han recogido pruebas suficientes, el obispo local presenta la investigación del candidato, que se titula «siervo de Dios» (latín: Servus Dei), a la Congregación para las causas de los Santos de la Curia Romana, donde se asigna a la causa un postulador, cuya función es recoger más pruebas de la vida del Siervo de Dios. Las órdenes religiosas que tratan regularmente con la congregación a menudo designan su propio Postulador General. En algún momento, se concede permiso para que el cuerpo del Siervo de Dios sea exhumado y examinado., Una certificación no-cultus se hace que ninguna adoración supersticiosa o herética, o culto impropio del Siervo de Dios o su tumba ha surgido,y las reliquias se toman y se conservan.
- Venerable (Venerabilis; abreviado » Ven.») o «heroica en virtud»: cuando se han reunido pruebas suficientes, la Congregación recomienda al Papa que proclame la virtud heroica del Siervo de Dios; es decir, que el siervo de Dios ejerció» en grado heroico » las virtudes teologales de fe, esperanza y caridad y las virtudes cardinales de prudencia, justicia, fortaleza y templanza., A partir de este momento el que se dice que es «heroico en virtud» se titula «Venerable» (latín: Venerabilis). Un Venerable todavía no tiene un día de fiesta, el permiso para erigir iglesias en su honor aún no se ha concedido, y la Iglesia todavía no emite una declaración sobre su presencia probable o cierta en el cielo, pero las tarjetas de oración y otros materiales pueden ser impresos para animar a los fieles a orar por un milagro realizado por su intercesión como una señal de la voluntad de Dios que la persona sea canonizada.
- Beato (Beato o Beata; abreviado » Bl.,»): Beatificación es una declaración de la Iglesia que es «digno de creer» que el Venerable está en el cielo y se salvó. Alcanzar este grado depende de si el Venerable es un mártir:
- Para un mártir, el Papa solo tiene que hacer una declaración de martirio, que es una certificación de que el Venerable dio su vida voluntariamente como testimonio de la fe o en un acto de caridad heroica para los demás.
- Para un no mártir, todos ellos denominados «confesores» porque «confesaron», es decir. ,, dio testimonio de la fe por la forma en que vivieron, se requiere la prueba de la ocurrencia de un milagro a través de la intercesión del Venerable; es decir, que Dios concedió una señal de que la persona está disfrutando de la visión beatífica mediante la realización de un milagro por el que el Venerable intercedió. En la actualidad, estos milagros son casi siempre curaciones milagrosas de la enfermedad, porque estos son los más fáciles de juzgar dados los requisitos probatorios de la Iglesia para los milagros; e. g.,, un paciente estaba enfermo con una enfermedad para la cual no se conocía cura; las oraciones fueron dirigidas al Venerable; el paciente fue curado; la cura fue espontánea, instantánea, completa y duradera; y los médicos no pueden descubrir ninguna explicación natural para la cura.
la satisfacción de las condiciones aplicables permite la beatificación, que luego otorga al Venerable el título de «Beato» (latín: Beatus o Beata)., Se designará un día de fiesta, pero su observancia se permite normalmente solo para la Diócesis de origen del Beato, a lugares específicos asociados con ellos, o a las iglesias o casas de la orden religiosa del Beato si pertenecían a una. Las parroquias normalmente no pueden ser nombradas en honor de beati.
- Santo (Sanctus o Sancta; abreviado «St.» o «S.»): para ser canonizado como un santo, ordinariamente por lo menos dos milagros deben haber sido realizados a través de la intercesión de los Beatos después de su muerte, pero para beati confesores, es decir.,, beati que no fueron declarados mártires, solo se requiere un milagro, ordinariamente adicional a la sobre la que se basó la beatificación. Muy rara vez, un papa puede renunciar a la exigencia de un segundo milagro después de la beatificación si ellos, el Sagrado Colegio de Cardenales, y la Congregación para las causas de los Santos todos están de acuerdo en que el Beato vivió una vida de gran mérito demostrado por ciertas acciones. Este procedimiento extraordinario fue utilizado en la canonización del Papa Francisco del Papa Juan XXIII, quien convocó la primera parte del Concilio Vaticano II.,
la canonización es una declaración de la Iglesia de que la persona disfruta ciertamente de la visión beatífica del cielo. El título de «Santo» (latín: Sanctus o Sancta) es entonces apropiado, reflejando que el santo es una refulgencia de la santidad (sanctitas) de Dios mismo, que solo proviene del don de Dios., Al santo se le asigna un día de fiesta que puede celebrarse en cualquier lugar de la Iglesia universal, aunque no necesariamente se agrega al calendario romano General o calendarios locales como una fiesta «obligatoria»; las iglesias parroquiales pueden erigirse en su honor; y los fieles pueden celebrar y honrar libremente al Santo.,
aunque el reconocimiento de la santidad por el Papa no se refiere directamente a un hecho de la revelación divina, sin embargo, debe ser «definitivamente considerado» por los fieles como infalible de acuerdo con, al menos, el Magisterio Universal de la Iglesia, porque es una verdad relacionada con la revelación por necesidad histórica.
con respecto a las iglesias católicas orientales, las iglesias sui juris individuales tienen el derecho de «glorificar» a los santos para sus propias jurisdicciones, aunque esto rara vez ha sucedido.,
canonización Equipolenteditar
los Papas han permitido varias veces a la Iglesia universal, sin ejecutar el proceso judicial ordinario de canonización descrito anteriormente, la veneración como un santo, el «cultus» de uno venerado durante mucho tiempo como tal localmente. Este acto de un Papa se denomina «equiparante» o » canonización equivalente «y»confirmación de culto»., Según las reglas instituidas por el Papa Benedicto XIV (regnat 17 agosto 1740 – 3 Mayo 1758), hay tres condiciones para una canonización equiparable: (1) existencia de un antiguo culto de la persona, (2) un testimonio general y constante de las virtudes o martirio de la persona por historiadores creíbles, y (3) fama ininterrumpida de la persona como un trabajador de milagros.,e de canonización, el mismo Papa Benedicto XIV enumeró las canonizaciones equiparables de los santos:
- Romualdo – 9 de julio de 1595
- Norberto – 7 de septiembre de 1621
- Bruno – 6 de octubre de 1623
- Pedro Nolasco – 20 de octubre de 1655
- Raimundo Nonato – 10 de marzo de 1681
- rey Esteban de Hungría – 28 de noviembre 1686
- reina Margarita de Escocia – 15 de septiembre de 1691
- Juan de Matha y Félix de Valois – 19 de marzo de 1694
- papa Gregorio VII – 25 de septiembre de 1728
- duque Wenceslao de Bohemia – 14 de marzo de 1729
- Gertrudis de Helfta – 20 de julio de 1738.,hn de Ávila – 31 de mayo de 1970
- Nikola Tavelić y sus tres compañeros mártires – 21 de junio de 1970
- Meinhard de Livonia – 1993
- Marko Krizin, István Pongrácz, y Melchior Grodziecki – 2 de julio de 1995
- Hildegarda de Bingen – 10 de mayo de 2012
el Papa Francisco añadió Santos:
- Angela de Foligno – 9 de octubre de 2013
- Peter Faber – 17 de diciembre de 2013
- José de Anchieta – 3 de abril de 2014
- Marie De La Encarnación – 3 de abril de 2014
- Francis-Xavier de Montmorency-Laval – 3 de abril de 2014
- Bartolomé de Braga – 5 de julio de 2019