Nonprofit Law Blog (Español)

las respuestas rápidas y sin duda generales (porque hay excepciones) son: (1) sí, una organización sin fines de lucro puede poseer una organización sin fines de lucro; y (2) no, una organización sin fines de lucro no puede poseer una organización sin fines de lucro, pero puede seleccionar a todos los miembros de la Junta Directiva de la organización sin fines de lucro y, por lo tanto, controlar en gran medida la organización sin fines de lucro.

¿puede una organización sin fines de lucro poseer una con fines de lucro?

una entidad sin fines de lucro puede poseer toda la participación en una entidad con fines de lucro, ya sea que dicha entidad sea una corporación o una compañía de responsabilidad limitada., Sin embargo, hay reglas relacionadas con cualquier inversión que la organización sin fines de lucro haga en la puesta en marcha o adquisición. Para propósitos de esta publicación, limitaremos nuestra discusión a situaciones en las que una organización benéfica pública sin fines de lucro (a la que nos referiremos simplemente como una «organización sin fines de lucro») es el único propietario de la entidad con fines de lucro. Guardaremos las discusiones de fundaciones privadas (que están sujetas a leyes de tenencia de negocios excesivos, leyes de inversión en peligro y otras leyes fiscales no aplicables a organizaciones benéficas públicas) y de empresas conjuntas sin fines de lucro con otras partes no exentas para otro día.,

¿por qué una organización sin fines de lucro tendría una con fines de lucro?

una organización sin fines de lucro puede poseer una organización con fines de lucro como resultado de un regalo de un negocio a la organización sin fines de lucro o una inversión que hace para crear o adquirir un negocio. El negocio podría o no avanzar los propósitos 501(c)(3) de la organización sin fines de lucro («misión»), pero presumiblemente el valor de los activos del negocio o sus ganancias pueden distribuirse a la organización sin fines de lucro que luego puede desplegarlos para avanzar en su misión.,

reglas prudentes para inversores/UPMIFA

una organización sin fines de lucro puede invertir en iniciar una con fines de lucro o adquirir una, pero hay leyes que rigen dicha inversión. En primer lugar, las leyes estatales establecen reglas de inversión prudentes. 49 estados (Pennsylvania es el hold out) y el distrito de Columbia han adoptado versiones de la Ley de administración prudente uniforme de fondos institucionales (UPMIFA).,e lo siguiente es lo que UPMIFA (descargar disponible aquí) proporciona sobre la administración e inversión de fondos institucionales (un fondo mantenido por una institución exclusivamente para fines benéficos, sin incluir, entre otras cosas, los activos relacionados con el programa mantenidos por una institución principalmente para lograr un propósito benéfico de la institución y no principalmente para inversión):

(a) Sujeto a la intención de un donante expresada en un instrumento de donación, una institución, al administrar e invertir un fondo institucional, deberá considerar los propósitos benéficos de la institución y los propósitos del fondo institucional.,

(b) además de cumplir con el deber de Lealtad impuesto por otra ley , cada persona responsable de administrar e invertir un fondo institucional administrará e invertirá el fondo de buena fe y con el cuidado que una persona normalmente prudente en una posición similar ejercería en circunstancias similares.,

c) al gestionar e invertir un fondo institucional, una entidad: 1) solo podrá incurrir en costes adecuados y razonables en relación con los activos, los objetivos de la entidad y las competencias de que disponga; y 2) hará un esfuerzo razonable para verificar los hechos pertinentes para la gestión y la inversión del fondo.

d) una entidad podrá agrupar dos o más fondos institucionales con fines de gestión e inversión.,

  • EL posible efecto de la inflación o la deflación;
  • Las consecuencias fiscales esperadas, en su caso, de las decisiones o estrategias de inversión;
  • El papel que desempeña cada inversión o curso de acción dentro de la cartera general de inversiones del fondo;
  • El rendimiento total esperado de los ingresos y la apreciación de las inversiones;
  • otros recursos de la entidad;
  • las necesidades de la entidad y del fondo para relación o valor especial, en su caso, con los fines caritativos de la institución.,
  • (2) las decisiones de Gestión e inversión sobre un activo individual deben tomarse no de forma aislada, sino más bien en el contexto de la cartera de inversiones del fondo institucional en su conjunto y como parte de una estrategia de inversión global que tenga objetivos de riesgo y rentabilidad razonablemente adecuados para el fondo y para la entidad.

    (3) salvo que la ley disponga otra cosa que esta , una institución podrá invertir en cualquier tipo de propiedad o tipo de inversión consistente con esta sección.,

    (4) una entidad diversificará las inversiones de un fondo institucional a menos que la entidad determine razonablemente que, debido a circunstancias especiales, los fines del fondo se cumplen mejor sin diversificación.,

    (5) dentro de un plazo razonable después de la recepción de los bienes, una institución tomará y llevará a cabo decisiones relativas a la retención o disposición de los bienes o para reequilibrar una cartera, con el fin de que el fondo institucional cumpla con los propósitos, condiciones y requisitos de distribución de la institución según sea necesario para satisfacer otras circunstancias de la institución y los requisitos de este .,

    (6) una persona que tiene habilidades o experiencia especiales, o que es seleccionada en función de la representación de la persona de que la persona tiene habilidades o experiencia especiales, tiene el deber de utilizar esas habilidades o esa experiencia en la gestión e inversión de fondos institucionales.

    generalmente, sería una violación de UPMIFA que una organización sin fines de lucro cubierta por la Ley invierta todos sus fondos de inversión sustanciales en un solo negocio con fines de lucro que no participe en actividades relacionadas con el avance de la misión de la organización sin fines de lucro., Este sería el caso incluso si la organización con fines de lucro fuera muy rentable y la organización sin fines de lucro planeara hacer uso de todas las ganancias distribuidas para financiar sus actividades relacionadas con la misión. Los problemas están relacionados con la falta de diversificación de las inversiones y la incapacidad de mantener una cartera equilibrada de inversiones. Sin embargo, tenga en cuenta la restricción del donante y las excepciones de circunstancias especiales.

    el problema se vuelve más difícil si una organización sin fines de lucro invierte todos sus fondos de inversión en un solo negocio con fines de lucro cuyas actividades pueden considerarse relacionadas con el avance de la misión de la organización sin fines de lucro., Por ejemplo, la organización con fines de lucro podría ser una incubadora y aceleradora de negocios de alimentos orgánicos y la misión de la organización sin fines de lucro podría ser promover la salud mediante la educación del público sobre los beneficios nutricionales de los alimentos orgánicos. Si se considera que la inversión se ha realizado principalmente para un propósito relacionado con el programa, UPMIFA no se aplicará. Pero de lo contrario, cuando la inversión se hizo en parte para un propósito relacionado con el programa y en parte para fines de inversión, UPMIFA aplicaría., En tal caso, una de las consideraciones sería la relación especial de la entidad con fines de lucro o el valor especial, si lo hubiera, para la misión de la entidad sin fines de lucro. Sin embargo, también hay otras consideraciones enumeradas y poca orientación sobre cómo debe ponderarse cada tema de examen. Los comentarios a UPMIFA ofrecen la siguiente orientación: «el grado en que una institución utiliza un activo para lograr un propósito caritativo afectará el peso dado ese factor en una decisión de adquirir o retener el activo.,»

    auto-Dealing

    una organización sin fines de lucro también debe considerar si cualquier transacción para adquirir un negocio con fines de lucro podría ser una transacción auto-dealing prohibida bajo la ley estatal., Por ejemplo, bajo la Ley de Corporación de beneficio público sin fines de lucro de California, una transacción de auto trato se define como una transacción en la que la corporación es parte y en la que uno o más de sus directores tiene un interés financiero material y que no cumple con los requisitos de ciertas excepciones enumeradas que cada uno proporciona evidencia para apoyar que la organización sin fines de lucro no enriqueció injustamente a uno de sus directores. Ver Ley De Organizaciones Sin Fines De Lucro De California: La Prohibición Del Auto-Trato.,

    beneficio privado / adquisición privada / transacciones de beneficio excesivo

    una organización sin fines de lucro debe asegurarse además de que cualquier transacción para adquirir un negocio con fines de lucro no constituya una transacción de beneficio privado prohibida, adquisición privada o una transacción de beneficio excesivo bajo las leyes fiscales federales. En general, estas reglas ayudan a proteger a una organización sin fines de lucro de proporcionar un beneficio excesivo a otra parte (sin relación con el avance de su misión) a expensas de la organización sin fines de lucro., En casos atroces, y especialmente cuando un insider (como un miembro de la junta) se beneficia injustamente, la organización sin fines de lucro puede tener su exención 501(c)(3) revocada. Además, el insider puede estar obligado a devolver cualquier cantidad excesiva recibida y pagar impuestos de multa sustanciales.

    desvíos de bienes caritativos

    Las leyes estatales también prohíben que las organizaciones sin fines de lucro desvíen sus bienes caritativos de los fines para los que fueron recibidos o ganados., Las organizaciones sin fines de lucro que buscan desplegar activos restringidos para invertir en una organización con fines de lucro deben tener mucho cuidado de que dicho uso no viole ninguna restricción aplicable. Además, sería muy problemático para la organización sin fines de lucro invertir sus activos caritativos en una organización con fines de lucro que participa en actividades que están en conflicto con la misión de la organización sin fines de lucro.

    problema de prueba operacional

    si la entidad con fines de lucro es una entidad de transferencia (por ejemplo, LLC O S corporation), las actividades de la entidad con fines de lucro se tratarán como las actividades de su matriz sin fines de lucro., En consecuencia, si más de una parte insustancial de las actividades combinadas de ambas entidades no está en cumplimiento de un propósito exento 501(c)(3), la organización sin fines de lucro fallará la prueba operativa y podría perder su estado de exención de impuestos. Además, si las actividades comerciales de la organización con fines de lucro no están relacionadas sustancialmente con la promoción de la misión de la organización sin fines de lucro, los ingresos de dichas actividades serán ingresos comerciales no relacionados y pueden resultar en una obligación de impuesto sobre la renta de negocios (UBIT) no relacionada para la organización sin fines de lucro.

    si la entidad con fines de lucro no es una entidad de transferencia (p. ej.,, C corporation), las actividades de la organización con fines de lucro no se atribuirán a la organización sin fines de lucro. Además, las distribuciones de beneficios del propietario con fines de lucro al propietario sin fines de lucro generalmente no serán gravables. Sin embargo, mientras que una organización sin fines de lucro también puede evitar generalmente el UBIT cuando recibe ingresos de rentas, Intereses y regalías de otra entidad, estos ingresos son gravables cuando se reciben de una entidad que la organización sin fines de lucro controla.

    ¿puede una organización con fines de lucro poseer una organización sin fines de lucro?

    una organización sin fines de lucro no puede poseer una organización sin fines de lucro porque una organización sin fines de lucro no tiene propietarios., Sin embargo, una organización con fines de lucro puede establecer una estructura en la que efectivamente tenga control sobre la organización sin fines de lucro, sujeto a las leyes aplicables, incluidas las relativas a la adquisición privada, el beneficio privado y el auto-trato corporativo. Tales estructuras de control son quizás más conocidas entre las grandes empresas con fines de lucro y sus fundaciones corporativas y también entre las grandes empresas de servicios financieros y sus organizaciones patrocinadoras del fondo asesorado por donantes (DAF).

    el Control puede ser importante para la empresa con fines de lucro por varias razones., El con fines de lucro puede haber causado la creación de la sin fines de lucro con el fin de avanzar un propósito caritativo que tiene alguna relación con los objetivos y valores caritativos del con fines de lucro. También puede ser el principal financiador de la organización sin fines de lucro. Además, la organización sin fines de lucro puede estar utilizando el nombre y otros activos de la entidad con fines de lucro, lo que puede estar proporcionando a la entidad con fines de lucro un beneficio de buena voluntad importante y generalmente permisible., Tiene sentido entonces que la organización con fines de lucro querrá poder asegurarse de que la organización sin fines de lucro no persiga actividades que sean inconsistentes con las actividades de la organización con fines de lucro o la visión de la organización sin fines de lucro afiliada.

    pero el control de la organización sin fines de lucro por una entidad con fines de lucro también plantea algunos problemas. Tal vez el problema más grave es la posibilidad de que la organización sin fines de lucro opere para los intereses de las personas con fines de lucro en lugar de para los intereses del público en general., Cuanto mayor sea el control que la organización con fines de lucro puede ejercer sobre la organización sin fines de lucro, más escrutinio puede recibir la organización sin fines de lucro con respecto a las transacciones de beneficios privados prohibidos que benefician a la organización con fines de lucro o a cualquier propietario, miembro de la junta o empleado de la organización con fines de lucro.

    control de Gobierno

    una entidad con fines de lucro puede tener control práctico sobre una organización sin fines de lucro afiliada en virtud de tener el derecho bajo los Estatutos de la organización sin fines de lucro de seleccionar una mayoría o todos los miembros de la Junta Directiva de la organización sin fines de lucro., La organización con fines de lucro podría tener el derecho de ser el único miembro de la organización sin fines de lucro con todos los derechos estatutarios de un miembro (que generalmente incluyen el derecho a elegir y remover a los miembros de la Junta, aprobar cambios a ciertas disposiciones de los documentos de gobierno y aprobar cualquier cambio corporativo importante). Alternativamente, podría tener tal derecho como un designador de algún número de miembros de la Junta de organizaciones sin fines de lucro., En general, un designador tiene el derecho de designar (nombrar) a uno o más miembros de la junta y el derecho de remover o aprobar la remoción de cualquier miembro designado de la junta, pero no posee otros derechos relativos a la Corporación.

    si la organización sin fines de lucro y sin fines de lucro van a entrar en transacciones entre sí más allá de la organización con fines de lucro proporcionar fondos a la organización sin fines de lucro, puede ser muy importante para la organización sin fines de lucro tener al menos algunos miembros independientes de la junta con respecto a la organización con fines de lucro., Debido a que los otros miembros de la junta pueden tener un conflicto de interés significativo al decidir sobre tales transacciones interorganizacionales, la organización sin fines de lucro está mejor protegida por la presencia de miembros independientes de la Junta. En algunos casos, una mayoría de miembros independientes de la junta puede ser particularmente valiosa para permitir que la junta sin fines de lucro apruebe las transacciones entre organizaciones sin contar los votos de los miembros de la junta en conflicto.,

    otras formas de Control

    una entidad con fines de lucro también puede ejercer control sobre una organización sin fines de lucro afiliada mediante condiciones sobre su financiación y provisión de otros recursos. Por ejemplo, una organización con fines de lucro puede estipular en un acuerdo de subvención a su organización sin fines de lucro afiliada que la subvención solo se puede utilizar para promover un propósito o actividad caritativa en particular y/o que no se puede utilizar para pagar ciertos tipos de programas o gastos., El lucro podría también expresa o implícitamente la condición de futuras subvenciones sobre si cree que la organización sin ánimo de lucro que ejercen actividades y la obtención de resultados deseables para el lucro. Un acuerdo de licencia para usar el nombre de la entidad con fines de lucro, un contrato de arrendamiento y otros acuerdos también pueden contener cláusulas que proporcionan a la entidad con fines de lucro ciertos controles.

    ¿puede un miembro de la Junta Directiva de una organización sin fines de lucro poseer una organización sin fines de lucro que haga negocios con la organización sin fines de lucro?,

    a veces, una organización sin fines de lucro puede no ser capaz de crear y poseer una entidad con fines de lucro, incluso si las actividades con fines de lucro promoverían la misión caritativa de la organización sin fines de lucro. Por ejemplo, una organización sin fines de lucro puede verse restringida en la financiación de una filial con fines de lucro debido a la falta de fondos discrecionales que se pueden desplegar para formar o adquirir una organización con fines de lucro y/o limitaciones prudentes de inversión., En tales casos, uno o más de los miembros de la Junta Directiva de la organización sin fines de lucro pueden elegir iniciar o adquirir una entidad con fines de lucro cuyo propósito principal puede ser avanzar en la misma misión caritativa que la organización sin fines de lucro o generar ingresos que serán donados a la organización sin fines de lucro.

    Si el lucro y sin fines de lucro, no y no entrar en cualquier acuerdo y la relación es meramente un donante de donataria relación en la que el lucro dona fondos y otros activos a entidades sin fines de lucro, no hay mucho problema con el miembro de la junta directiva de la propiedad de los fines de lucro., Una excepción puede ser si dicho miembro de la Junta intenta ejercer su influencia como donante para influir en la forma en que los otros miembros de la Junta votan, particularmente si eso se dirigió hacia el beneficio de la entidad con fines de lucro.

    si, sin embargo, la organización sin fines de lucro y la organización sin fines de lucro están o estarán entrando en acuerdos o arreglos entre sí más allá de una relación donante-donatario, la organización sin fines de lucro debe tener cuidado con algunos de los problemas descritos anteriormente en la sección Can a Nonprofit Own a For-Profit: auto-trato, beneficio privado / inurement privado / transacciones de beneficios excesivos, desvíos de activos caritativos.,

    Share

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *